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Deducción 39.7 LIS: financiar cine y deducir hasta el 120%

Las empresas y los autónomos en estimación directa pueden financiar una película, una serie o un espectáculo en vivo y aplicar en su impuesto la deducción que genera esa producción, hasta un 120% de lo que aportan. Te contamos cómo funciona, sus límites y sus riesgos.

En resumen: aportas fondos a una producción española de cine, serie audiovisual o artes escénicas. A cambio, aplicas en tu cuota la deducción que habría usado el productor, con un máximo del 120% de lo aportado. Está sujeta a límites sobre la cuota (del 25% o del 50%, según el caso) y a que la producción cumpla los requisitos.

Qué es la deducción del artículo 39.7

Las producciones españolas de cine, series audiovisuales y espectáculos en vivo generan deducciones fiscales para quien las produce (artículo 36 de la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades). Muchas productoras no tienen beneficios suficientes para aprovecharlas.

El artículo 39.7 permite que un financiador que aporta dinero a la producción, sin convertirse en productor ni en propietario de la obra, aplique esa deducción en su propio impuesto. El productor se financia y el financiador reduce su factura fiscal. Productor y financiador no pueden estar vinculados entre sí.

Quién puede aplicarla

Cómo funciona, paso a paso

  1. Se elige una producción que genere deducción y se revisa que cumple los requisitos.
  2. Financiador y productor firman un contrato de financiación. El financiador no adquiere derechos sobre la obra.
  3. El financiador presenta a la Agencia Tributaria una comunicación firmada por ambas partes, con el contrato y las certificaciones exigidas, antes de que termine el ejercicio en que vaya a aplicar la deducción.
  4. El financiador aplica la deducción en su declaración, con el límite del 120% de lo aportado y los límites sobre la cuota.

Un ejemplo con cifras

Aportación a la producción100.000 €
Deducción máxima (120% de lo aportado)120.000 €
Beneficio fiscal neto, si se aplica entera20.000 €

Para aplicar los 120.000 € en un solo año, tu cuota debe ser lo bastante alta. La deducción está sujeta a un límite conjunto del 25% de la cuota, que sube al 50% cuando la deducción del financiador alcanza el 25% de la cuota. Lo que no quepa no se pierde de inmediato: puede aplicarse en los ejercicios siguientes, con los mismos límites, durante un plazo máximo de 15 años.

Ejemplo orientativo. La deducción real depende de la que genere la producción, de tu cuota y de otras deducciones o bonificaciones que apliques.

Riesgos que debes conocer

¿Para quién tiene sentido?

Para empresas con beneficios estables y autónomos con un rendimiento neto alto, que pagan una cuota relevante cada año y quieren reducirla de forma legal. Puedes hacer una estimación con nuestra calculadora, en las pestañas "Soy autónomo" o "Tengo una SL".

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